Cómo solicitar cobertura sanitaria en España si vives en el extranjero
Hace algo más de un año, Arnau me hizo llegar una guía elaborada por él mismo con el procedimiento para que los españoles que residimos en el extranjero podamos solicitar el derecho a la asistencia sanitaria en España cuando vamos de visita. Ese email se quedó en la carpeta de "pendientes", a la espera de una oportunidad para convertirse en un post de este blog.
Y pasaron las semanas y los meses y el asunto se me fue olvidando, hasta que hace unos días reservé vuelos para ir a Galicia este verano (noticia) y me acordé del email. Es una vergüenza que este texto tan útil haya permanecido en un cajón virtual durante más de un año. Pido disculpas por ello y mañana sin falta me daré unos latigazos como penitencia.
A continuación, el texto tal como me lo remitió Arnau.
Procedimiento para solicitar el derecho a la asistencia sanitaria para españoles residentes en el extranjero que se desplacen temporalmente al territorio nacional (o que vuelvan definitivamente).
► ¿Quién puede solicitarlo?
- Españoles residentes en el extranjero que trabajen por cuenta ajena y viajen durante un tiempo a España.
- Españoles residentes en el extranjero que sean pensionistas y viajen durante un tiempo a España.
- Españoles que vuelven a España para vivir.
► Aquí explico el primer caso (trabajadores por cuenta ajena que viajen durante un tiempo a España):
- Duración máxima de la visita: 3 meses por año (consecutivos o no).
- Documentos necesarios:
· Contrato de trabajo adverado en la embajada. (En caso de ser pensionista, documento que lo acredite.)
· Certificado de estar inscrito en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (proporcionado por la embajada).
· Certificado emitido por la institución de Seguridad Social coreano acreditativo de que no procede la exportación del derecho a la prestación de asistencia sanitaria. (Nunca me lo pidieron. En el peor de los casos bastó con mostrar mi “cartilla” del seguro nacional de salud coreano.)
· Certificado de nacimiento literal (se pide online o en la consejería de justicia de tu comunidad).
· Solicitud de reconocimiento de asistencia sanitaria: Anexo III de este documento.
- Todos estos documentos se presentan en una oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social en España. Es recomendable pedir cita por internet con un mes de antelación para poder ir justo al día siguiente de llegar a España.
- En el INSS nos inscribirán en el sistema de salud y nos darán un documento acreditando el derecho a la asistencia sanitaria.
- Con el documento del INSS hay que ir a nuestro centro de salud habitual y solicitar la tarjeta SIP temporal que estará activa únicamente durante el tiempo de nuestra estancia en el país.
- A partir de este momento ya podemos acceder a la asistencia sanitaria en España.
► Repetir este procedimiento cada vez que se vaya a visitar el país.
No sé si el asunto ha cambiado en los últimos meses, aunque por lo que pone aquí sigue siendo igual. Si alguien tiene información más actualizada que la comparta en un comentario, ya que el tema es importante.
ACTUALIZACIÓN: He reformado un poco la lista con la última información que me han dado, y además añado este artículo como otra fuente que puede ser de utilidad.
→ Arnau tiene una cuenta de Instagram y este canal en YouTube en el que pone imágenes aéreas de Corea del Sur. Échale un ojo, que es interesante.
En Cataluña dieron la noticia hace poco que darán a los residentes en el extranjero una tarjeta que se debera activar en el centro de atencion medica o por telefno en cuanto se llegue a España. Yo por ejemplo no trabajo por cuenta ajena no soy pensionista ni vuelvo mas que por vacaciones y lo de tener que estar con el seguro que te cubra, pagar por adelantado, etc. es un rollo. Esperemos que instaure en toda España
ResponderEliminarActualmente, los trabajadores por cuenta propia también están cubiertos. Aunque no recuerdo los documentos que piden.
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